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Guía · Art. 51 del Estatuto de los Trabajadores

Indemnización en un ERE: cómo se calcula, con ejemplos

Resumen rápido

En un despido colectivo, conocido como ERE (expediente de regulación de empleo), la indemnización mínima legal es la misma que en un despido objetivo: 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Sobre ese mínimo, la empresa y los representantes de los trabajadores pueden pactar una cantidad mayor durante el periodo de consultas, y es frecuente que lo hagan. Esa mejora, hasta el importe de un despido improcedente, no paga IRPF.

A continuación verás cuándo un despido es colectivo, cómo se calcula el importe paso a paso, cuánto suelen mejorarse las indemnizaciones, cómo tributan y qué puedes hacer si no estás de acuerdo.

Cuándo un despido es colectivo

El artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores (ET) considera colectivo el despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que, en un periodo de 90 días, afecta al menos a:

  • 10 trabajadores, en empresas de menos de 100 empleados.
  • El 10% de la plantilla, en empresas de entre 100 y 300 empleados.
  • 30 trabajadores, en empresas de más de 300 empleados.

También es colectivo el despido de toda la plantilla cuando son más de cinco trabajadores y la empresa cierra por esas mismas causas. Por debajo de esos umbrales, los despidos son objetivos individuales (art. 52.c ET) y no hace falta ERE. Si la empresa encadena despidos individuales para no llegar al umbral, esos despidos pueden declararse nulos.

El procedimiento, en pocas palabras

  1. Periodo de consultas con los representantes de los trabajadores: hasta 30 días naturales, o 15 si la empresa tiene menos de 50 empleados. La empresa debe entregar una memoria con las causas, el número de afectados y los criterios para elegirlos.
  2. Comunicación a la autoridad laboral, que avisa a la Inspección de Trabajo y al SEPE. Desde 2012 ya no hace falta una autorización administrativa.
  3. Acuerdo o decisión final. Con acuerdo, se aplican sus condiciones. Sin acuerdo, la empresa puede despedir igualmente, pero solo está obligada a pagar el mínimo legal.
  4. Notificaciones individuales a cada trabajador afectado, por escrito, al menos 30 días después de comunicar el inicio del ERE a la autoridad laboral.

Los representantes legales de los trabajadores tienen prioridad de permanencia, y el convenio o el acuerdo pueden extenderla a otros colectivos (personas con cargas familiares, mayores de cierta edad o con discapacidad).

Cómo se calcula la indemnización

La fórmula tiene tres pasos:

  1. Salario diario = salario bruto anual, incluidas las pagas extra y los complementos salariales fijos, dividido entre 365.
  2. Días de indemnización = años trabajados × 20 (o los días pactados). Los periodos inferiores al año se prorratean por meses: cada mes completo cuenta como 1/12 de año.
  3. Importe = salario diario × días, sin superar el tope de 12 mensualidades en el mínimo legal (o el tope que fije el acuerdo).

Ejemplo 1: mínimo legal frente a mejoras pactadas

Marta cobra 1.700 € brutos al mes en 14 pagas (23.800 € al año) y lleva 10 años en la empresa (del 1 de mayo de 2016 al 1 de mayo de 2026). Su salario diario es 23.800 / 365 = 65,21 €.

  • Mínimo legal (20 días/año): 200 días = 13.041,10 €.
  • Si el acuerdo pacta 33 días/año: 330 días = 21.517,81 €, todo exento de IRPF porque coincide con la indemnización de un despido improcedente.
  • Si el acuerdo pacta 45 días/año: 450 días = 29.342,47 €. Quedan exentos 21.517,81 € y tributan los 7.824,66 € restantes, a los que se aplica la reducción del 30% por irregularidad.

Ejemplo 2: cuando se aplica el tope de 12 mensualidades

Andrés cobra 2.500 € brutos al mes prorrateados (30.000 € al año) y lleva 22 años en la empresa. Su salario diario es 82,19 €.

  • Sin tope: 22 × 20 = 440 días × 82,19 € = 36.164,38 €.
  • Tope de 12 mensualidades: 12 × 2.500 € = 30.000 €. Es lo que cobra como mínimo legal.

En antigüedades largas el tope se alcanza a partir de los 18 años, más o menos. Por eso los trabajadores veteranos suelen centrar la negociación en subir el tope, no solo los días por año.

Ejemplo 3: antigüedad con meses sueltos

Sergio cobra 1.600 € prorrateados y trabajó del 10 de enero de 2022 al 10 de julio de 2026: 4 años y 6 meses. Con 20 días por año le corresponden 4 × 20 + 6 × 20/12 = 90 días, que a 52,60 € diarios suman 4.734,25 €.

Puedes calcular tu mínimo legal en la calculadora de indemnización con la opción «Objetivo / procedente», o calcular finiquito e indemnización juntos en la calculadora de finiquito eligiendo «ERE (despido colectivo)».

Otros derechos en un ERE

  • Finiquito: además de la indemnización, cobras el salario del mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra.
  • Convenio especial con la Seguridad Social para mayores de 55 años (art. 51.9 ET), que paga la empresa hasta que cumplas 63 años (61 si el despido es por causas económicas) para que no se resienta tu futura pensión.
  • Plan de recolocación externa durante al menos seis meses, obligatorio en ERE de más de 50 trabajadores.
  • Prestación por desempleo: el ERE es situación legal de desempleo, así que puedes cobrar el paro si tienes cotizaciones suficientes.

Si no estás de acuerdo

Los representantes de los trabajadores pueden impugnar el ERE completo ante el Tribunal Superior de Justicia o la Audiencia Nacional. Tú puedes impugnar tu despido individual en 20 días hábiles, por ejemplo si no se respetaron los criterios de selección o tu prioridad de permanencia. Si el despido se declara improcedente, la indemnización sube a 33 días por año; si es nulo, procede la readmisión. Las diferencias están explicadas en despido nulo, improcedente y objetivo y en cuándo un despido objetivo se convierte en improcedente.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la indemnización mínima en un ERE?

20 días de salario por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, igual que en un despido objetivo individual (arts. 51.4 y 53.1.b del Estatuto de los Trabajadores). Ese mínimo se aplica siempre, haya o no acuerdo en el periodo de consultas.

¿Es obligatorio que el ERE pague 33 o 45 días por año?

No. Las indemnizaciones de 30, 33 o 45 días por año que se ven en muchos ERE son mejoras negociadas con los representantes de los trabajadores durante el periodo de consultas. La ley solo obliga a pagar 20 días por año.

¿Tributa en el IRPF la indemnización de un ERE?

Está exenta hasta el importe que correspondería a un despido improcedente (33 días por año con tope de 24 mensualidades, o el régimen mixto si el contrato es anterior a 2012), con un máximo de 180.000 €. Lo que se cobre por encima tributa como rendimiento del trabajo, aunque puede aplicarse una reducción del 30% si la antigüedad supera los dos años.

¿Puedo reclamar individualmente si me incluyen en un ERE?

Sí. Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos de tu despido para impugnarlo, por ejemplo si no se han respetado los criterios de selección pactados o si tienes prioridad de permanencia. Si los representantes impugnan el ERE en su conjunto, tu plazo queda en suspenso hasta que haya sentencia en ese proceso colectivo.

¿Qué pasa si el ERE no cumple los requisitos legales?

Si la empresa no abre el periodo de consultas, no entrega la documentación obligatoria o actúa con fraude, dolo, coacción o abuso de derecho, el despido es nulo y procede la readmisión con salarios de tramitación. Si las causas alegadas no se acreditan, el despido es improcedente y la indemnización sube a 33 días por año.

Información orientativa basada en el Estatuto de los Trabajadores (RDL 2/2015) y la Ley 35/2006 del IRPF. No sustituye el asesoramiento de un graduado social o abogado laboralista.

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Última actualización: 19 de octubre de 2026

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